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Derecho administrativo · Valencia

Abogado administrativo en Valencia

Multas, sanciones, responsabilidad patrimonial y contencioso-administrativo. Frente a la Administración, conocer sus plazos y sus normas es media victoria.

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Enfrentarse a la Administración tiene una dificultad añadida: ella marca los tiempos y las formas. Un plazo que vence, una notificación mal atendida o un escrito presentado por el cauce equivocado pueden cerrar la puerta a un asunto que tenía razón de fondo.

En García y Asociados Abogados revisamos el expediente completo antes de recurrir, porque muchas veces la vía para ganar no está en el fondo, sino en un defecto de procedimiento: caducidad, falta de motivación o notificaciones mal practicadas.

Qué hacemos

Frente a la Administración, en todas sus formas

01

Multas y sanciones

Tráfico, ordenanzas municipales, sanciones autonómicas y estatales. Alegaciones y recursos.

02

Responsabilidad patrimonial

Indemnización por daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos.

03

Contencioso-administrativo

Recursos judiciales cuando la vía administrativa se agota sin darte la razón.

04

Función pública y oposiciones

Impugnación de bases, exclusiones, valoración de méritos y procesos selectivos.

05

Licencias y urbanismo

Licencias de obra y actividad, órdenes de ejecución y expedientes de disciplina urbanística.

06

Silencio administrativo

Cuando la Administración no contesta: cómo actuar y cómo hacer valer tu derecho.

Por qué elegirnos

El procedimiento también se gana

Revisión del expediente

Antes de discutir el fondo, buscamos los defectos formales que pueden anular la resolución.

Plazos controlados

En vía administrativa los plazos no perdonan. Los llevamos nosotros para que no se te escape ninguno.

Sin pleitos inútiles

Si tu recurso no tiene recorrido, te lo decimos. Preferimos ahorrarte tiempo y dinero.

Cómo trabajamos

Del expediente al juzgado

1

Estudio del expediente

Solicitamos y analizamos el expediente completo, incluidas las notificaciones y sus fechas.

2

Alegaciones

Presentamos las alegaciones en plazo, con la prueba y los argumentos que sostienen tu posición.

3

Recurso administrativo

Reposición o alzada frente a la resolución, agotando la vía previa que exige la ley.

4

Contencioso-administrativo

Si la Administración se mantiene, acudimos al juzgado, con solicitud de suspensión cuando procede.

5

Ejecución

Vigilamos que la sentencia se cumpla y que se te devuelva o indemnice lo que corresponda.

Preguntas frecuentes

Las dudas más habituales

En tráfico, veinte días naturales desde la notificación para alegaciones y un mes para el recurso de reposición contra la resolución sancionadora. Son plazos improrrogables: actúa en cuanto recibas la notificación.
Es tu derecho a ser indemnizado cuando sufres un daño por el funcionamiento de un servicio público: una caída por mal estado de la vía, un error sanitario o un perjuicio por una actuación administrativa. El plazo general es de un año desde el hecho o desde que se estabilizan las secuelas.
Depende del expediente. Muchas sanciones tienen defectos de notificación, motivación o caducidad que permiten anularlas. Revisamos el expediente y te decimos con franqueza si hay opciones antes de iniciar nada.
Es la vía judicial que se abre cuando la Administración desestima tus recursos. Se presenta ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, normalmente en el plazo de dos meses desde la notificación del acto que agota la vía administrativa.
Contacto

Tráenos tu expediente

Lo revisamos y te decimos qué opciones reales tienes y en qué plazos hay que moverse.

Teléfono fijo960 036 790
Móviles699 608 359  ·  626 311 467

Av. Instituto Obrero de València, 7 bajo · 46013 Valencia · Lunes a viernes, 9:00 – 19:30

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